01 FEBRERO


Segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión 

El Congreso de la Unión es concebido como el órgano de la pluralidad democrática, pues en él convergen las principales corrientes políticas e ideológicas de nuestro país. El Congreso de la Unión celebra anualmente dos periodos de sesiones ordinarias; el primero de ellos comprende del 1° de septiembre hasta el 15 de diciembre, excepto cuando el Presidente de la República inicia su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, en cuyo caso las sesiones pueden extenderse hasta el 31 de diciembre; y el segundo se celebra a partir del 15 de marzo y hasta el 30 de abril.